Aprueban proyecto de la Norma Oficial Mexicana de Vivienda Adecuada

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05 Octubre 2020 Veronica Cervantes / Grupo Expansion

Se busca que los inmuebles contemplen aspectos que mejoren la habitabilidad para alcanzar un mejor nivel de vida.

Los esfuerzos para conseguir una mejor calidad de vida a través de la vivienda se han buscado responder a las necesidades de la población. Ahora se pretende que no solamente las personas puedan tener una casa, sino que además sea una vivienda adecuada.

De acuerdo con ONU-Habitat, aproximadamente 38.4 ? la población en México reside en una casa no adecuada, ya sea por condiciones de hacinamiento, porque el inmueble está hecho con materiales poco duraderos o de baja calidad, o bien, porque no cuenta con servicios eficaces de agua o saneamiento.

Ante esta situación, el Comité Consultivo Nacional de Normalización en Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano (CCNNOTDU) aprobó el proyecto de la Norma Oficial Mexicana (NOM) de Vivienda Adecuada, que integra conceptos de mejor habitabilidad.

El CCNNOTDU está conformado por la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu) y la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) y además colaboran otras dependencias del gobierno, así como asociaciones de industriales, colegios de profesionales, centros de investigación científica y tecnológica, entre otros.

Este organismo tiene por objetivo elaborar las Normas Oficiales Mexicanas en materia de ordenamiento territorial y desarrollo urbano, así como promover su cumplimiento.

La NOM de vivienda adecuada fue propuesta por la Dirección General de Desarrollo Urbano Suelo y Vivienda de la Sedatu.

“La Norma Oficial Mexicana de Vivienda Adecuada es una apuesta ante el concepto que existe actualmente; una apuesta que deriva de un derecho humano y busca que el espíritu de libertad y oportunidad de acceso a la vivienda adecuada no se pierdan”, destacó Víctor Hugo Hofmann, director general de Ordenamiento Territorial de la Sedatu y presidente del CCNNOTDU.

 

Durante la reunión virtual de la CCNNOTDU en la que se aprobó el proyecto, también participaron Diana Álvarez Maury, subsecretaria de Desarrollo Democrático, Participación Social y Asuntos Religiosos de la Secretaría de Gobernación; Claudia Reyes Ayala, coordinadora del Programa de Maestría y Doctorado en Urbanismo de la UNAM, y Gabriela Quiroga, presidenta del Colegio de Urbanistas.

En la sesión, además de la NOM de vivienda igualmente se autorizó el proyecto de NOM sobre señalamiento horizontal y vertical de carreteras y vialidades urbanas, que pretende ser más eficiente para garantizar la seguridad de las personas en dichos entornos; esta es una iniciativa de la Coordinación General de Desarrollo Metropolitano y Movilidad, en coordinación con la SCT. Ambos proyectos se inscribirán en el Suplemento del Programa Nacional de Normalización 2020.

Adicionalmente, se consintió la instalación de grupos de trabajo con especialistas para el desarrollo de los anteproyectos de Normas Oficiales Mexicanas sobre equipamiento en los instrumentos que conforman el Sistema General de Planeación Territorial, su clasificación, terminología y aplicación; así como el anteproyecto de espacios públicos en los asentamientos humanos, su clasificación, terminología, caracterización y aplicación.

Aunque anteriormente ya se contaba con el Código de Edificación de Vivienda, así como la normatividad y reglamentos de construcción, esta nueva NOM viene a reunir conceptos que se tenían dispersos para poder lograr una vivienda de mayor calidad.

Según ONU Habitat, la vivienda adecuada está reconocida como un derecho en los instrumentos internacionales como la Declaración de los Derechos Humanos y el Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

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ONU Habitat promueve siete elementos que debe tener una “vivienda adecuada”:


  1. Seguridad de la tenencia

Son las condiciones que garantizan a los habitantes de una vivienda protección jurídica contra el desalojo forzoso, el hostigamiento y otras amenazas.


  1. Disponibilidad de servicios, materiales, instalaciones e infraestructura

Se refiere a la provisión de agua potable, instalaciones sanitarias adecuadas, energía para las actividades cotidianas (cocinar, refrigerar alimentos, iluminación, etc.), así como eliminación de residuos.


  1. Asequibilidad

El costo de la vivienda debe estar al alcance de las personas, sin poner en peligro el disfrute de otros satisfactores básicos o el ejercicio de sus derechos humanos. La ONU considera asequible una vivienda si los usuarios gastan menos del 30? su ingreso en gastos asociados al inmueble.


  1. Habitabilidad

Son las condiciones que garantizan la seguridad física de sus habitantes y les proporcionan un espacio habitable suficiente, así como protección contra el frío, la humedad, el calor, la lluvia, el viento u otros riesgos para la salud y peligros estructurales.


  1. Accesibilidad

El diseño y materiales de la vivienda debe considerar las necesidades específicas de los grupos desfavorecidos, particularmente de personas con discapacidad.


  1. Ubicación

La vivienda debe localizarse en un lugar cerca de centros de trabajo, clínicas, escuelas, guarderías y otros servicios. Además, debe situarse en una zona que no sea de riesgo o esté contaminada.


  1. Adecuación cultural

La vivienda debe crearse al considerar la expresión de identidad cultural de la región.

En 2019 la Comisión Nacional de Vivienda (Conavi) también planteó algunos aspectos relacionados con estos elementos y que podrían considerarse en la NOM, como la habitabilidad, la seguridad estructural y las necesidades de la familia.

En la seguridad estructural intervienen factores como la calidad de los materiales, los sistemas constructivos, la mano de obra y la mecánica de suelos. En la habitabilidad se considera la accesibilidad, la sustentabilidad, la ventilación e iluminación.

En el punto enfocado en la necesidad de la familia se incluye el crecimiento progresivo de la casa, así como la disminución del hacinamiento a través de espacios adecuados según el número de habitantes en el inmueble.

La NOM de vivienda adecuada entrará en vigor a partir de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

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