COLUMNA | La Corte y la Ley Combustóleo

2021-03-16 Víctor F. Ramírez Cabrera, Plataforma México Clima y Energía | @vicfc7
la corte ante la ley combustoleo
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Desde el día siguiente de la publicación de la Ley Combustóleo hubo amparos presentados en contra de ella y casi en automático suspensiones provisionales de la misma, pero ¿qué es la suspensión? ¿Qué otros procesos legales pueden existir en contra de la ley y qué puede venir?

¿Quién se puede inconformar y amparar?

Vamos por partes.

Además de los amparos, se pueden presentar controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad desde las dos cámaras del Congreso de la Unión, desde los gobiernos estatales al verse afectadas las inversiones de los estados por los proyectos inoperantes o bien desde la Comisión Federal de Competencia Económica.

Pero más allá de las controversias, ¿quién puede ampararse?

Hay muchos que pueden hacerlo.

Los generadores, que verán interrumpido su despacho y por lo tanto la operación de sus centrales eléctricas, afectando sus ventas e ingresos.

Los usuarios finales, que podrían ver incrementado el costo de la energía, podrían también presentar un amparo, pues además, la no obligación de tener subastas significará en el largo plazo que no se garantice el acceso a la energía más barata.

Los dueños de las tierras pueden presentar amparos, pues al no ser despachados los parques de generación a los que les rentan los espacios, sus ingresos podrían verse afectados.

Hay actualmente también un gran llamado a los jóvenes para acompañar los amparos en contra de esta reforma y es muy importante contar su fundamento.

La reforma a la LIE busca garantizar el uso de combustibles fósiles, lo que hace inviable en los hechos la transición energética, más considerando que se prevé mantener en uso todas las plantas de combustibles.

Bajo esa realidad, el futuro de la humanidad es el más amenazado y por tanto los jóvenes son los que pueden reclamar por ellos y por las futuras generaciones.

El reto más fuerte que hay es demostrar el interés legítimo de los ciudadanos para iniciar el juicio de amparo.

Ahora, para los no expertos en temas legales como yo, hay cosas que explicar.

¿Cómo será el proceso de los amparos?

Lo primero que hay que decir es que el amparo durará algunos meses, no será pronto.

Cuando un ciudadano presenta la demanda de amparo, solicita que se suspenda la aplicación, en este caso, de la ley que el ciudadano considera que vulnera sus derechos humanos.

El juez revisa la demanda y, si considera que la aplicación de la ley significará un daño irreversible por su aplicación, suspenderá la aplicación del acto reclamado.

Días después de presentada la demanda, se llevan a cabo audiencias, que pueden ser conjuntas. Entre las audiencias está una incidental, en donde se resolverá si la suspensión se mantiene durante el resto de lo que dure el juicio de amparo o no.

Pero aún teniendo suspensión provisional o definitiva, NO hay amparo y esto hay que dejarlo claro.

Podría haber suspensiones y no amparos o al revés. Lo preferible en este caso es que haya ambos, para que no haya avance hasta resolver la constitucionalidad o no de la reforma.

Ahora, los asuntos pueden ser atraídos por la Suprema Corte Justicia de la Nación y seguramente lo serán, dado lo numeroso de los amparos y su trascendencia, y es este órgano quien, además, terminará resolviendo las controversias que se presenten.

Pero aún si se perdiera en la Corte por las presiones políticas del presidente, las empresas y también los ciudadanos se pueden quejar mediante los mecanismos de solución de controversias o en instancias internacionales de protección de los derechos humanos, bajo la consideración de los tratados firmados por México y donde el Estado Mexicano tiene todo que perder.

El problema es que perder en estos espacios significa que el Estado terminará por pagar indemnizaciones que no pagarán ni el presidente ni la secretaria de Energía y menos el director general de CFE, sino los mexicanos en conjunto. Y se trata de cantidades enormes que dejarían de usarse en salud, educación y que tampoco se usarán en la construcción de un sistema eléctrico moderno, sino solo en indemnizar por lo que ya está en operación, en el mejor de los casos. Aunado a eso, pagaremos con el desprestigio de ser un país donde no se respeta la ley ni la Constitución cuando al presidente no le gustan.

Esto significa que la resolución del poder judicial y la Corte tendrán un efecto doble, producto de su misión fundamental: evitar un daño mucho mayor a México, que trascienda generaciones.

Esperemos altura de miras.